lunes, 28 de febrero de 2011

CONTINUACION DE LA GUÍA No. 2: EL HOMBRE SE ORGANIZA POLITICAMENTE

FORMACIÓN HISTÓRICA DEL ESTADO.
La palabra Estado es moderna y corresponde a la unificación política lograda después de la era medieval. Para los griegos, la palabra "polis", o sea ciudad, expresaba la comunidad diferenciada por un modo de vida propia. El Estado era entendido por los romanos como "res pública" o "civitas". Del uso de las expresiones tales como "status rei romanae", pude provenir la voz Estado. Al extender su dominación, Roma llamó "imperium" a su organización política, acentuando así el elemento decisivo del concepto" Estado", que es el imperio o potestad de mandar. En el derecho germánico también se acentuó el elemento de dominio, pues el Estado fue llamado "Reich", voz que procede de "regnum", o sea mando de un príncipe.
Estado Moderno Europeo



El Estado moderno en cuanto construcción consistente u obra de arte, apareció en la Italia de los siglos CIV y XV, cuando se centralizó el poder por reacción contra el feudalismo. La denominación "Estado" fue acuñada por Maquiavelo, desde las líneas iniciales de su obra "El Príncipe" (ver bibliografía). Tal acepción de l palabra "stato", deriva de la voz latina "status", que expresa un orden, vino a responder a una necesidad general qua que ninguna de los voces antes usadas servía para denominar la pluralidad de formas políticas existentes en la Italia renacentista. Unido al nombre de una ciudad como Florencia, Génova o Venecia, el término "stato" dio expresión a todas las formas, fueran republicanas, monárquicas o tiránicas, o bien aplicada sólo a una ciudad o sea a toda una región sometida a una misma autoridad. La nueva denominación fue adoptada antes de dos siglos por los principales idiomas y su uso se convirtió en universal.
El Estado es el resultado de una larga evolución de la convivencia humana de la convivencia humana. Aparece con la civilización sedentaria, cuando el grupo pasa de la vida nómada a la vida agraria. Esto es que el Estado surge cuando la sociedad se divide en clases sociales.
Podemos realizar una lectura extraordinaria sobre El  Estado y su origen en el siguiente documento:
FUNCIONES DEL ESTADO
A continuación se refieren algunas definiciones de las funciones tradicionales, incluyendo en primer lugar la función constituyente, en estas definiciones prima un criterio material:
Función constituyente:
Puede definirse como la actividad creadora de la norma fundamental, el rasgo más esencial de la Constitución es que es un conjunto de normas fundamentales que sirven para "constituir" el Estado.
Función legislativa:
Por una parte se trata de la misión de decidir en relación con el contenido de la actividad estatal, es decir formular a partir de la Constitución, cuáles son los cometidos del Estado y por otra, consiste en regular de modo general las conductas. La función legislativa se caracteriza por el poder de iniciativa que traduce y la fuerza jurídica que el resultado de dicho poder implica.
Función jurisdiccional:
Es la función relativa a la decisión de cuestiones jurídicas controvertidas mediante pronunciamientos que adquieren fuerza de verdad definitiva.
Como se desprende de su nombre "a la jurisdicción le corresponde decir el derecho, esto es, constatar la existencia de la norma jurídica, señalar su alcance y decidir su aplicabilidad a casos concretos, con "fuerza de verdad legal" que da base entonces para otorgarles a sus decisiones la autoridad de cosa juzgada"4 .
Función administrativa:
Actividad concreta, práctica, desarrollada por el Estado para la inmediata obtención de sus cometidos. "Tiende a concretar en hechos la actividad estatal".
Tiene un objeto perfectamente definido: realizar concretamente determinadas tareas que el derecho ha puesto a cargo de las entidades estatales. Administrar es hacer, traducir en hechos los mandatos contenidos en las normas cuando necesitan ejecución material.

Podemos definirla como lo hace Sayagués Laso, se trata de una actividad estatal que tiene por objeto la realización de los cometidos estatales en cuanto requieren ejecución práctica, mediante actos jurídicos y operaciones materiales5.
Bibliografía:
4JESUS VALLEJO MEJIA. Curso de Derecho Administrativo General. En: Revista Estudios de Derecho, Universidad de Antioquia, No. 9. Medellín, p. 57-100.
5ENRIQUE SAYAGUES LASO. Tratado de Derecho Administrativo, Tomo I, tercera edición, Montevideo: , 1963, p. 46
Los anteriores comentarios se han tomado de la página:


EL ESTADO COLOMBIANO

ELEMENTOS DEL ESTADO
"Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general".Así como se reseña en la Constitución Política de Colombia de 1991, el Estado debe entenderse como el agrupamiento social en un territorio determinado y reconocido, constituido bajo la legitimidad de un poder político público, que abarque normas respaldadas jurídicamente para mantener un orden social.
El Estado puede ser entendido como una organización de la sociedad, con elementos que hacen que no solo el gobierno y las autoridades manejen y controlen el poder, como en muchos casos se cree, sino que, por el contrario se establezcan parámetros y normas para que se logre establecer una convivencia armónica entre la libertad y el poder.
Los elementos más importantes a los que se hace referencia son:
1) La población: Representada por los hombres y mujeres (el Estado busca el desarrollo y bienestar de éstos, afectando al mínimo los intereses y el bienestar de los demás ciudadanos).
2) El territorio: Representado en el espacio donde se desenvuelven los ciudadanos, es donde se busca un libre y estable desenvolvimiento del hombre.

3) El poder: Representado por las leyes. Al crearse normas y pautas, se protege a los individuos para asegurarles su bienestar.
4) El derecho: Se entiende por derecho que exista la posibilidad de que la ley sea aplicada a la fuerza contra alguien que ponga en peligro el orden que se busca mantener.
5) El derecho político: Es el derecho a ser elegido y a poder elegir a los gobernantes, en el caso colombiano lo podrá hacer quien sea mayor de 18 años, quien puede ser considerado un ciudadano en ejercicio.
6) El reconocimiento: Este es un concepto nuevo, donde se busca dar a entender que, en un mundo globalizado como el actual, el Estado que no sea reconocido por la comunidad internacional tiende a ser un Estado ilegítimo.
Funciones del Estado:
Las funciones del Estado tienen el objetivo de cumplir los fines del mismo; es decir, buscan darle al individuo un entorno apropiado para su realización como ser humano.
Cuando se habla de las funciones del Estado, se hace referencia al ejercicio real y efectivo del poder, pueden definirse como las direcciones de la actividad del Estado para cumplir sus fines. De modo simple podemos afirmar que las funciones equivalen a lo que hay que hacer para realizar los fines del Estado.
En el Estado contemporáneo se reconocen tres funciones básicas: la legislativa, la ejecutiva o administrativa y la jurisdiccional. Estás tienen correspondencia con la tridivisión de poderes, es decir, cada una de las ramas del poder público está instituida para llevar a cabo por regla general una de esas funciones. Sin embargo, cada vez es más evidente que al lado de estas funciones clásicas han existido y cada vez con mayor fuerza, otras que no encuadran en dicha clasificación, se trata de la función constituyente, la función electoral, la función de control y otras que se han venido desagregando de la función legislativa y ejecutiva, tales como la función reguladora que cumplen en Colombia ciertos órganos.
Para lograr estos fines existen tres funciones principales:
1. Función legislativa: Es la encargada de dictar las normas que regirán el comportamiento de los individuos dentro de una sociedad; está representada por un congreso bicameral, dividido en Cámara de Representantes y Senado de la República.
2. Función gubernamental: Es la encargada de poner en ejecución el conjunto de normas aprobadas por el Congreso, bajo las cuales se desarrollará el Estado. Está representada por el Gobierno, encabezado por el Presidente de la República, esto en el caso colombiano, luego le siguen los Ministros y los Jefes de Departamento, quienes hacen posible el funcionamiento de éste.
3. Función judicial: Es la encargada de manejar el derecho; es decir, se encarga de juzgar y, por medio de las leyes que se establezcan dentro de la constitución del Estado, buscar una solución a los conflictos que se presenten entre individuos o entre particulares y el Estado. Está representada por la Corte Constitucional, por la Corte Suprema de Justicia, por el Consejo de Estado, por el Consejo Superior de la Judicatura, por la Fiscalía y por las Jurisdicciones.
En la Biblioteca virtual puede obtener más información sobre este tema en el siguiente link:

http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/materias/politica
División política administrativa de Colombia Artículo de Mario Aguilera Peña, aparecido en la revista Credencial historia, sobre la división político-administrativa de Colombia a través de la historia.
Los ministerios y el Consejo de Ministros Artículo de Enrique José Arboleda Perdomo, aparecido en la revista Credencial historia, sobre los ministerios en Colombia
Bibliografía
Constitución Política de Colombia, 1991 Jiménez, Manuel Vicente, El Estado, Bogotá, Imprenta eléctrica, 1909.
Fines Esenciales del Estado Colombiano


ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO
Al igual que la Constitución de 1886 que reemplazó, la Constitución de 1991 establece tres poderes de gobierno: legislativo, ejecutivo y judicial. También establece órganos autónomos con funciones específicas para el cumplimiento de los cometidos adicionales del Estado colombiano. Como señaló la Comisión en su "Segundo Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia", el Poder Ejecutivo ha gozado de facultades preponderantes en la estructura constitucional. No obstante, la actual Constitución procura establecer una relación más equilibrada entre los poderes. A esos efectos confiere atribuciones más amplias al Poder Legislativo para ejercer control político sobre el Gobierno y refuerza la independencia del Poder Judicial y la función de revisión judicial de los actos legislativos y administrativos.

Los invitamos a que continúen observando el siguiente video que nos habla de la ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO segunda parte.